Friday, May 8, 2015

JUSTICIA CAVIAR: BERENSON VS PERÚ



Fuente: el comercio.pe


Las reparaciones a las víctimas del terrorismo viene dándose desde el 2005 hasta la fecha. Dentro de estas víctimas se han filtrado muchas familias de terroristas, algunos con sentencia firme.  Tal es el caso Berenson Vs. Perú del 25 de noviembre del 2005. Bajo esta sentencia se filtraron disposiciones de la Corte Interamericana de Derecho Humanos contra el Estado peruano. Entre estas disposiciones, el Estado peruano debía reformar y/o modificar sus leyes antiterroristas, y adecuarlas según las disposiciones de la CIDH. 

Mediante esta sentencia la CIDH declaró que "el Estado violó el artículo 8.1 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de la misma, al juzgar a la presunta víctima en el fuero militar por delitos de traición a la patria." (150). Por otro lado, con respecto al juicio en el fuero ordinario, la Corte sentenció que "se respetó el derecho de la presunta víctima a ser oída por el juez natural tanto en la primera como en la segunda instancia" La Corte rechazó el alegato de la familia que los jueces del "fuero ordinario carecían de independencia e imparcialidad”, dado que dicha parcialidad "no fue planteada en el momento oportuno en el fuero interno".  

En cuanto a la presunción de inocencia, la Corte sentencia que "el Estado violó, en perjuicio de la señora Lori Berenson, el artículo 8.2 de la Convención Americana, en relación con el artículo 1.1. de la misma, en el proceso penal en la jurisdicción militar", por haber sido exhibida por la DINCOTE como autora de crímenes.  Sin embargo rechaza que se violaron los mismos derechos en el fuero ordinario. Y así sucesivamente la Corte falla contra el Estado en cuanto a la sentencia por el fuero militar, pero dice no encontrar pruebas en el fuero ordinario.

Las tres repuestas del Estado, el gobierno de Toledo fueron, uno, el compromiso de adecuar "legislación interna a los estándares nacionales, dos, pide cumplir sentencia con "arreglo a procedimientos constitucionales" y tres, "el comportamiento del Estado posterior a noviembre de 2000 corresponde "a una intención seria de cumplir cabalmente sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos”. 

 Al someterse a la Corte, el gobierno de Toledo demostró un desdén por el sistema judicial, por el fuero militar y por las miles de víctimas de la insania terrorista.

¿Por qué es tan relevante la sentencia Berenson vs Perú?

1.- Por que con esta sentencia el Estado peruano se comprometió a adecuar, reformar, eliminar legislación antiterrorista que ha permitido que los verdugos de la patria, sean reparados con el dinero de todos los peruanos. El estado se comprometió a modificar los decretos Ley 25.475 y 25.659 "por incompatibilidad con la Convención". Es así que tuvimos que pagarle a Lori Berenson por sus gastos de defensa originadas a "nivel nacional y a nivel internacional en la tramitación del caso ante la Comisión". Y aquí esta el tema que tanto se critica a las ONG de DD.HH, redituar de la miseria humana.  Igualmente tuvimos que reparar a sus padres. 

Los señores Berenson, quienes todavía creen que su hija fue sentenciada injustamente, crearon un comité para la liberación de la terrorista.  Y algunos de los que presentaron el caso ante la CIDH no escapan a la controversia. Entre ellos esta Grimaldo Achahui Loaiza, ex diputado por Izquierda Unida, y ex miembro de Perú Posible. Que la Chakana este envuelta en defender a terroristas no es casualidad. 




Fuente: Info.gob


Otro controvertido personaje fue Ramsey Clark, ex fiscal de la Nación de los Estados Unidos, de tendencia progresiva, fundador de Clarks’s International Action Center, un activista conocido por su posición radical contra "crímenes contra la humanidad" y "genocidio".  Sin embargo, Ramsey Clark fue parte de la defensa de Saddam Hussein ante el Tribunal Especial iraquí, por crímenes contra la población iraquí. Clark en una entrevista con la BBC en el 2005 admitió la culpabilidad de Saddam Hussein pero la justificó. Igualmente controversial fue su asistencia en el 2006 al funeral del genocida Slobodan Milosevic. 


Fuente: www.hyscience.com


2.- Por que establecieron una disposición insólita, al ordenar que el Estado peruano "informe" al pueblo peruano "de las campañas con fines propagandísticos de Fujimori-Montesinos, relativas a la violencia política" que sancionan a los más pobres.  Igualmente ordenaron al Estado "informar sobre la existencia de las campañas propagandísticas del gobierno de Fujimori-Montesinos". Esta disposición ignora años de terrorismo desatado por grupos delincuenciales, miles de víctimas, el impacto negativo en la economía y en la calidad de vida de todos los peruanos. ¿Con qué cara le podemos decir a Ruthie Ballon que su padre fue víctima de una campaña propagandista política? ¿Con qué cara le explicamos que su padre no fue víctima del terrorismo sino de la "violencia política"?  Que fácil cambiar conceptos y pretender así cambiar la historia terrorista.

 ¿Acaso la CIDH pretende que los peruanos creamos el mito caviar bajo excusa de la pobreza?  Si bien es cierto que en el Perú existe pobreza, también es cierto que los pobres tienen libre albedrío y capacidad de elegir entre el bien o el mal.  Los pobres no pueden usarse con un discurso determinista por que así conviene a los que asesinaron a miles de inocentes. La CIDH esencializa al pobre para justificar una sentencia que pretende revertir la figura del "victimario" al de "víctima". 

Más insólito resulta aún que la Corte fallara contra el Estado peruano, denominando a "Fujimori-Montesinos" como un solo personaje, lo que la caviarada y la izquierda han repetido y repiten hasta el cansancio. 

3.- Por que desde el 2000 los gobiernos se han sometido y acatado las  sentencias de la CIDH y las recomendaciones de la infame CVR, aún cuando esta última no es vinculante.  Por tal, tenemos al infame memorial "El ojo que llora” y el memorial Villaranista a los victimarios de miles de peruanos: los terroristas de la Cantuta.  Más aún, "El Perú lidera el cumplimiento de las reparaciones a las víctimas del terrorismo en la región (…) dijo el representante permanente ante la OEA, Jiménez Mayor y resaltó "que ello es resultado de la decidida voluntad política del Estado." 

Captura de imagen de Video "Ruta de la Memoria" por @Berkeliana


Cabe anotar que esta sentencia no hubiera podido darse de no ser por los  testimonios de Walter Alban, ex defensor del Pueblo, quien entre otros, testificó contra el Estado peruano, el fuero militar, y los servicios de inteligencia. Alban dijo que "la legislación antiterrorista no pudo ser sino la expresión de un régimen autoritario" y que "durante el gobierno del Sr. Alberto Fujimori se diseñó y consolidó el esquema normativo destinado a la persecución terrorista". En otras palabras Walter Alban avaló la infame teoría del terrorismo de Estado que los rojos y caviares repiten por calles y plazas. 

Esta es la situación en que esta el Perú, la historia siendo distorsionada, los conceptos cambiados, el terrorismo siendo justificado, victimarios siendo reparados y memorizados.  Mientras las FF.AA, PNP, y nuestros héroes, son sentados en el banquillos de los acusados, vilipendiados y perseguidos por la justicia caviar.  

Feature

EL DOBLE DISCURSO FEMINISTA

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